Micelio
Auto19 de junio de 2024

A- de 2024

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Ese San Benito·Demandado Fundacion Huellas Ac Marcando Vida

Tema · dato duro
Demanda Ejecutiva Para Efectuar Obligación Estipulada En Contrato Estatal.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Conocimiento de procesos ejecutivos derivados del incumplimiento de un contrato estatal
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Promiscuo Municipal de San Benito y el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de San Gil.

La controversia que se presenta entre los Despacho se produce por una demanda ejecutiva de mínima cuantía instaurada por la Empresa Social del Estado ESE San Benito, contra la Fundación Huellas AC Marcando la Vida, con la que pretende que se libre mandamiento de pago por concepto de unos cánones de arrendamiento de un bien inmueble que la accionada no había cancelado y al valor de la cláusula penal pactada entre demandante y demandada, en valor y otros conceptos referidos en escrito de demanda.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena observa que la demandante plantea una demanda ejecutiva derivada directamente de un contrato celebrado por una entidad pública.

En ese sentido, siguiendo la línea de decisión de los Autos 403 de 2021, 788 de 2021, 553 de 2022 o 318 de 2024, la Sala resuelve con la regla según la cual, la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para tramitar las demandas usadas para ejecutar directamente obligaciones reflejadas en contratos celebrados por entidades públicas, según el numeral 6° del artículo 104 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Primero Administrativo del Circuito de San Gil para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Promiscuo Municipal de San Benito y a los interesados en este asunto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Promiscuo Municipal de San Benito y el Juzgado
  2. Primero. Administrativo del Circuito de San Gil, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado
  3. Primero. Administrativo del Circuito de San Gil conocer sobre la demanda presentada por la Empresa Social del Estado ESE San Benito contra la Fundación Huellas AC Marcando la Vida.
  4. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-5399 al Juzgado
  5. Primero. Administrativo del Circuito de San Gil para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Promiscuo Municipal de San Benito y a los interesados en este asunto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.